Tabla de Infracciones de Tránsito - 2026

Acuerdo Municipal 020 del 23 Diciembre del 2022 y 024 del 20 Enero 2021

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 de la Ley 2294 de 2023, los comparendos deben fijar su valor en Unidades de Valor Básico (UVB), cuyo valor diario fue establecido por el Ministerio de Hacienda en la suma de $42.207 COP


Codigo Infracción Descripción SMDLV Valor Inmovilización
A01 No transitar por la derecha de la vía. 4 168.828 NO
A02 Agarrarse de otro vehículo en movimiento. 4 168.828 NO
A03 Transportar personas o cosas que disminuyen su visibilidad e incomoden la conducción. 4 168.828 NO
A04 Transitar por andenes, aceras, puentes o demás lugares de uso exclusivo para el tránsito de peatones. 4 168.828 NO
A05 No respetar las señales de tránsito. 4 168.828 NO
A06 Transitar sin los dispositivos luminosos requeridos. 4 168.828 NO
A07 Transitar sin dispositivos que permitan la parada inmediata o con ellos, pero en estado defectuoso. 4 168.828 NO
A08 Transitar por zonas prohibidas o, por aquellas vías en donde las autoridades competentes lo prohíban o, conducir por vías diferentes a aquellas especialmente diseñadas para ello cuando las hubiere. 4 168.828 NO
A09 Adelantar entre dos (2) vehículos automotores que estén en sus respectivos carriles. 4 168.828 NO
A10 Conducir por la vía férrea o por zonas de protección y seguridad. 4 168.828 NO
A11 Transitar por zonas restringidas o por vías de alta velocidad como autopistas y arterias. 4 168.828 SI
A12 Prestar servicio publico con este tipo de vehículos. El vehículo será inmovilizado por primera vez por 5 días, 20 días por segunda vez y 40 días por tercera vez 4 168.828 SI
B01 Conducir un vehículo sin llevar consigo la licencia de conducción. 8 337.656 SI
B02 Conducir un vehículo con la licencia de conducción vencida. 8 337.656 SI
B03 Conducir un vehículo sin placas, no portarlas en el extremo delantero o trasero, portarlas con obstáculos o en condiciones que dificulten su plena identificacion, distintivos similares a estas, sin el permiso vigente expedido por autoridad de tránsito. 8 337.656 SI
B04 Conducir un vehículo con placas adulteradas, retocadas o alteradas. 8 337.656 SI
B05 Conducir un vehículo con una sola placa, o sin el permiso vigente expedido por autoridad de tránsito. 8 337.656 SI
B06 Conducir un vehículo con placas falsas. 8 337.656 SI
B07 No informar a la autoridad de tránsito competente el cambio de motor o color de un vehículo. En ambos casos, el vehículo será inmovilizado. 8 337.656 SI
B08 No pagar el peaje en los sitios establecidos. 8 337.656 NO
B09 Utilizar equipos de sonido a volúmenes que incomoden a los pasajeros de un vehículo de servicio público. 8 337.656 NO
B10 Conducir un vehículo con vidrios polarizados, entintados u oscurecidos, sin portar el permiso respectivo, de acuerdo a la reglamentación existente sobre la materia o, no llevar el vehículo de servicio publico colectivo urbano todos los vidrios transparentes. 8 337.656 NO
B11 Conducir un vehículo con propaganda, publicidad o adhesivos en sus vidrios que obstaculicen la visibilidad. 8 337.656 NO
B12 No respetar las normas establecidas por la autoridad competente para el tránsito de cortejos fúnebres. 8 337.656 NO
B13 No respetar las formaciones de tropas, la marcha de desfiles, procesiones, entierros, filas estudiantiles y las manifestaciones públicas y actividades deportivas, debidamente autorizadas por las autoridades de tránsito. 8 337.656 NO
B14 Remolcar otro vehículo violando lo dispuesto por el Código Nacional de Tránsito Terrestre. 8 337.656 NO
B15 Conducir un vehículo de servicio público que no lleve el aviso de tarifas oficiales en condiciones de fácil lectura para los pasajeros o poseer este aviso deteriorado o adulterado. 8 337.656 NO
B16 Permitir que en un vehículo de servicio publico para transporte de pasajeros se lleven animales u objetos que incomoden a los pasajeros. No llevar el equipaje de los pasajeros en la bodega, baúl o parrilla. 8 337.656 NO
B17 Abandonar un vehículo de servicio público con pasajeros. 8 337.656 NO
B18 Conducir un vehículo de transporte público individual de pasajeros sin cumplir con lo estipulado en el presente código.. 8 337.656 NO
B19 Realizar el cargue o descargue de un vehículo en sitios y horas prohibidas por las autoridades competentes, de acuerdo con lo establecido en las normas correspondientes. 8 337.656 NO
B20 Transportar carne, pescado o alimentos fácilmente corruptibles, en vehículos que no cumplan las condiciones fijadas por el Ministerio de Transporte. 8 337.656 NO
B21 Lavar vehículos en vía pública, en ríos, en canales, en quebradas. 8 337.656 NO
B22 Llevar niños menores de diez (10) años en el asiento delantero. 8 337.656 NO
B23 Utilizar radios, equipos de sonido o amplificación a volúmenes que superen los decibeles máximos establecidos por las autoridades ambientales. De igual forma utilizar pantallas, proyectores de imagen o similares en la parte delantera de los vehículos, mientras estén en movimiento. 8 337.656 NO
C01 Presentar licencia de conducción adulterada o ajena lo cual dará lugar a la inmovilización del vehículo. 15 $ 633.105 SI
C02 Estacionar un vehículo en los sitios prohibidos. 15 $ 633.105 NO
C03 Bloquear una calzada o intersección con un vehículo, salvo cuando el bloqueo obedezca a la ocurrencia de un accidente. 15 $ 633.105 SI
C04 Estacionar un vehículo sin tomar las precauciones. 15 $ 633.105 NO
C05 No reducir la velocidad según lo indicado por este código, cuando transite por un cruce escolar en los horarios y días de funcionamiento de la institución educativa. Así mismo, cuando transite por cruces de hospitales o terminales de pasajeros. 15 $ 633.105 NO
C06 No utilizar el cinturón de seguridad por parte de los ocupantes del vehículo y los cinturones de seguridad en los asientos traseros en los vehículos fabricados a partir del año 2004. 15 $ 633.105 NO
C07 Dejar de señalizar con las luces direccionales o mediante señales de mano y con la debida anticipación, la maniobra de giro o de cambio de carril. 15 $ 633.105 NO
C08 Transitar sin los dispositivos luminosos requeridos; no llevar los vehículos de servicio publico y oficial no llevar marcado en los costados y en el techo el numero de la placa o los demás elementos determinados en el Código. 15 $ 633.105 NO
C09 No respetar las señales de detención del cruce de una línea férrea a una distancia mínima de cinco (5) metros de la vía férrea o conducir por vía férrea o por las zonas de protección y seguridad de ella. 15 $ 633.105 NO
C10 Conducir un vehículo con una o varias puertas abiertas. 15 $ 633.105 NO
C11 No portar como mínimo el equipo de prevención y seguridad. 15 $ 633.105 NO
C12 Proveer de combustible un vehículo automotor con el motor encendido, con pasajeros a bordo cuando el vehículo es de servicio publico de radio de acción nacional, transporte especial y escolar o proveer de combustible un vehículo de radio de acción metropolitano, distrital o municipal. 15 $ 633.105 NO
C13 Conducir un vehículo automotor sin las adaptaciones pertinentes, cuando el conductor padece de limitación física. 15 $ 633.105 NO
C14 Transitar por los siguientes sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado. 15 $ 633.105 SI
C15 Conducir un vehículo, particular o publico, excediendo la capacidad autorizada en la licencia de tránsito o tarjeta de operación. 15 $ 633.105 NO
C16 Conducir un vehículo escolar sin el permiso respectivo o los distintivos reglamentarios, no llevar los colores verde blanco distribuidos a lo largo y ancho de la carroceria, en la parte posterior de ancho en colores amarillo y negro, no llevar la leyenda ESCOLAR, además el vehículo será inmovilización. 15 $ 633.105 SI
C17 Circular con combinaciones de vehículos de dos (2) o mas unidades remolcadas, sin autorización especial de autoridad competente. 15 $ 633.105 NO
C18 Conducir un vehículo autorizado para prestar servicio publico con el taxímetro dañado, con los sellos rotos o etiquetas adhesivas con calibración vencida o adulteradas o cuando se carezca de el o este no este en funcionamiento, además el vehículo será inmovilización. 15 $ 633.105 SI
C19 Dejar o recoger pasajeros en sitios distintos de los demarcados por las autoridades, al costado derecho de la vía, salvo en paraderos especiales de vías troncales que sean diseñadas y operadas con destinación exclusiva al transporte publico masivo. 15 $ 633.105 NO
C20 Conducir un vehículo de carga en que se transporten materiales deconstrucción o a granel sin las medidas de proteccion, higiene y seguridad ordenadas, de manera que cumpla con las medidas de seguridad vial y de normatividad ambiental. Además el vehículo será inmovilización. 15 $ 633.105 SI
C21 No asegurar la carga para evitar que se caigan en la vía las cosas transportadas. Además, se inmovilizara el vehículo hasta tanto se remedie la situación. 15 $ 633.105 SI
C22 Transportar carga de dimensiones superiores a las autorizadas sin cumplir con los requisitos exigidos. Además, el vehículo será inmovilizado hasta que se remedie dicha situación. 15 $ 633.105 SI
C23 Impartir en vías publicas al publico enseñanza practica para conducir, sin estar autorizado para ello. 15 $ 633.105 NO
C24 Conducir motocicleta sin observar las normas establecidas en el Código Nal. de Tránsito Terrestre. 15 $ 633.105 NO
C25 Transitar, cuando hubiere más de un carril, por el carril izquierdo de la vía a velocidad que entorpezca el tránsito de los demás vehículos. 15 $ 633.105 NO
C26 Transitar en vehículos de 3.5 o mas toneladas por el carril izquierdo dela vía cuando hubiere mas de un carril. 15 $ 633.105 NO
C27 Conducir un vehículo cuya carga o pasajeros obstruyan la visibilidad del conductor hacia el frente, atrás o costados, o impidan el control sobre el sistema de dirección, frenos o seguridad. Además el vehículo será inmovilizado. 15 $ 633.105 NO
C28 Hacer uso de sirenas, luces intermitentes, o de alta intensidad y aparatos similares, los cuales están reservados a los vehículos de bomberos, ambulancias, recolectores de basura, socorro, emergencia, fuerzas militares, policía y autoridades de tránsito y transporte . 15 $ 633.105 NO
C29 Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida. 15 $ 633.105 NO
C30 No atender una señal de ceda el paso. 15 $ 633.105 NO
C31 No acatar las señales de tránsito o requerimientos impartidos por los agentes de tránsito. 15 $ 633.105 NO
C32 No respetar el paso de peatones que cruzan una vía en sitio permitido para ellos o no darles la prelación en las franjas para ello establecidas. 15 $ 633.105 NO
C33 Poner un vehículo en marcha sin las precauciones para evitar choques. 15 $ 633.105 NO
C34 Reparar un vehículo en las vías publicas, parque o acera o hacerlo en caso de emergencia, sin atender el procedimiento señalado en este Código reparar vehículos automotores en la zona de seguridad y protección de la vía férrea. 15 $ 633.105 NO
C35 No realizar la revisión tecnico - mecanica y de emisiones contaminantes en los siguientes plazos o cuando aun portando los certificados correspondientes no cuenta con las siguientes condiciones técnico mecánica y de emisiones contaminantes, además el vehículo será inmovilizado. 15 $ 633.105 SI
C36 Transportar carga en contenedores sin los dispositivos especiales de sujeción. El vehículo será inmovilizado. 15 $ 633.105 SI
C37 Transportar pasajeros en el platón de una camioneta pico o en la plataforma de un vehículo de carga, trátese de furgón o plataforma de estacas. 15 $ 633.105 NO
C38 Usar sistemas móviles de comunicaciones o teléfonos instalados en los vehículos al momento de conducir, exceptuando si estos son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres. 15 $ 633.105 NO
C39 Vulnerar las reglas de estacionamiento contenidas en el articulo 77 del Código. En autopistas y zonas rurales, los vehículos podrán estacionarse únicamente por fuera de la vía colocando en el día señales reflectivas de peligro y en la noche luces de estacionamiento y señales luminosas de peligro. 15 $ 633.105 NO
D01 Guiar un vehículo sin haber obtenido la licencia de conducción correspondiente. Además, el vehículo será inmovilizado en el lugar de los hechos hasta que este sea retirado por una persona autorizada por el infractor que tenga licencia de conducción. 30 1.266.210 SI
D02 Conducir sin portar el Seguro Obligatorio de Accidentes de tránsito ordenado por la ley. Además, el vehículo será inmovilizado. 30 1.266.210 SI
D03 Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor dela multa o la autoridad competente decida sobre la imposición en los términos de los art 135,136 del CNT. 30 1.266.210 NO
D04 No detenerse ante luz roja o amarilla de semaforo, una señal de "PARE"" o un semáforo intermitente en rojo". 30 1.266.210 NO
D05 Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vias peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalizacion, zonas verdes o vías especiales para vehiculos. 30 1.266.210 NO
D06 Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados. 30 1.266.210 NO
D07 Conducir realizando maniobras altamente peligrosas, siempre y cuando ponga en peligro a las personas o cosas y que constituya conductas dolosas o altamente. 30 1.266.210 NO
D08 Conducir un vehículo sin luces o sin los dispositivos luminosos deposición, direccionales o de freno, o con alguna de ellas dañadas, en las horas y circunstancias señaladas, además el vehículo será inmovilizado cuando no le funcionen dos (2) o mas de estas luces. 30 1.266.210 SI
D09 No permitir el paso de los vehículos de emergencia, ambulancias, cuerpo de bomberos, socorro o emergencia y de la policía o ejercito. El conductor debe orillarse al costado derecho de la calzada o carril detener el vehículo cuando anuncie su presencia por medio de luces sirenas campanas. 30 1.266.210 NO
D10 Conducir un vehículo para transporte escolar con exceso de velocidad. En las vías urbanas, la velocidad no podrá ser superior a 60km por hora. En las carreteras nacionales en ningún caso la velocidad podrá ser superior a 80km por hora. 30 1.266.210 NO
D11 Permitir el servicio publico de pasajeros que no tenga la salida de emergencia en cada uno de sus costados adicionalmente a la puerta de ascenso de pasajeros. En este caso, la multa se impondrá a la empresa a la cual esta afiliado el propietario. 30 1.266.210 NO
D12 Conducir un vehículo que, sin la debida autorización se destine a un servicio diferente de aquel para la cual tiene licencia de tránsito. Además el vehículo será inmovilizado por primera vez por el termino de cinco días, por segunda vez veinte días y por tercera vez cuarenta días. 30 1.266.210 SI
D13 En caso de transportar carga con peso superior al autorizado el vehículo será inmovilizado y el exceso deberá de ser transbordado. 30 1.266.210 SI
D14 Las autoridades de tránsito ordenaran la inmovilización inmediata de los vehículos que usen para su movilización combustibles no regulados como gas propano u otros que pongan en peligro la vida de los usuarios o de los peatones. 30 1.266.210 SI
D15 Cambio en el recorrido o trazado de una ruta para un vehículo de servicio de transporte publico de pasajeros, autorizado por el organismo de tránsito correspondiente. Además el vehículo será inmovilizado. 30 1.266.210 SI
E01 Proveer combustible a vehículos de servicio publico con pasajeros a bordo. 45 1.899.315 NO
E02 Negarse a prestar el servicio publico sin causa justificada, siempre que dicha negativa cause alteración del orden publico. 45 1.899.315 NO
E04 Transportar en el mismo vehículo y al mismo tiempo personas y sustancias peligrosas como explosivos, tóxicos, radiactivos, combustibles no autorizados, etc. En este caso se suspende la licencia por un año y por dos años cada vez que reincida. El vehículo será inmovilizado por un año cada vez. 45 1.899.315 SI
F Conducir en estado de embriaguez, con grado 0 primera vez. 90 3.798.630 SI
F Conducir en estado de embriaguez, con grado 0 y segunda reincidencia. 135 5.697.945 SI
F Conducir en estado de embriaguez, con grado 0 y tercera reincidencia. 180 7.597.260 SI
F Conducir en estado de embriaguez, con grado 1 primera vez. 180 7.597.260 SI
F Conducir en estado de embriaguez, con grado 1 y segunda reincidencia. 270 11.395.890 SI
F Conducir en estado de embriaguez, con grado 1 y tercera reincidencia. 360 15.194.520 SI
F Conducir en estado de embriaguez, con grado 2 primera vez. 360 15.194.520 SI
F Conducir en estado de embriaguez, con grado 2 y segunda reincidencia. 540 22.791.780 SI
F Conducir en estado de embriaguez, con grado 2 y tercera reincidencia. 720 30.389.040 SI
F Conducir en estado de embriaguez, con grado 3 primera vez. 720 30.389.040 SI
F Conducir en estado de embriaguez, con grado 3 y segunda reincidencia. 1080 45.583.560 SI
F Conducir en estado de embriaguez, con grado 3 y tercera reincidencia. 1440 60.778.080 SI
F RENUENCIA A TOMARSE LA PRUEBA O FUGA. 1440 60.778.080 SI
H1 Circular portando defensas rígidas diferentes de las instaladas originalmente por el fabricante. Además el vehículo será inmovilizado preventivamente hasta que sean retiradas. 5 211.035 SI
H2 El conductor que no porte la licencia de tránsito, además el vehículo será inmovilizado. 5 211.035 SI
H3 El conductor, pasajero o peatón, que obstaculice, perjudique o ponga en riesgo a las demás personas o que no cumpla las normas y señales de tránsito que le sean aplicables o no obedezca las indicaciones que les den las autoridades de tránsito. 5 211.035 NO
H4 El conductor que no respete los derechos e integridad de los peatones. 5 211.035 NO
H5 El conductor que no respete la prelación de paso en intersecciones o giros según la clasificación de vías o de vehículos. 5 211.035 NO
H6 El conductor que no tome las medidas necesarias para evitar el movimiento de vehículo estacionado. En vehículo de tracción animal no bloquear ruedas para evitar su desplazamiento. 5 211.035 NO
H7 El conductor que lleve pasajeros en la puerta exterior del vehículo, fuera de la cabina o en los estribos de los mismos. Además el vehículo será inmovilizado preventivamente hasta que se subsane dicha situación. 5 211.035 NO
H8 El conductor que porte luces exploradoras en la parte posterior del vehículo, además el vehículo será inmovilizado preventivamente hasta que sean retiradas. 5 211.035 NO
H9 El pasajero que profiera expresiones injuriosas o groseras, promueve riñas o cause cualquier molestia a los demás pasajeros, además la orden de abandonar el vehículo, sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar. 5 211.035 NO
H10 Los conductores de vehículos no automotores que incurran en las siguientes infracciones. 5 211.035 NO
H11 Viajar los menores de 2 años solos en el asiento posterior sin hacer uso de una silla que garantice su seguridad y que permita su fijación a el, siempre y cuando el menor viaje únicamente en compañía del conductor. 5 211.035 NO
H12 Transitar en vehículos de alto tonelaje por las vías de sitios que estén declarados y se declaren como monumentos de conservación histórica. 5 211.035 NO
H13 Las demás conductas que constituyan infracción a la norma de tránsito y que no se encuentren descritas en este acto administrativo. 5 211.035 NO
I01 El conductor que sea sorprendido fumando mientras conduce, da lugar a la imposición de diez (10)SMLDV. 10 402.620 NO